lunes, 21 de noviembre de 2011

La comunicación en las Organizaciones no gubernamentales (ONGs).

PRACTICA 13: La comunicación en las Organizaciones no gubernamentales (ONGs).


Una Organización no gubernamental (también conocida por siglas ONG) es una entidad de carácter civil (entendido como "El derecho y la disposición de participar en una comunidad, a través de la acción autorregulada, inclusiva, pacífica y responsable, con el objetivo de optimizar el bienestar público.") o social, con diferentes fines y objetivos humanitarios y sociales definidos por sus integrantes, creada independientemente de los gobiernos ya sea locales, regionales o nacionales y que jurídicamente adoptan diferentes estatus, tales como asociaciónfundacióncorporación y cooperativa, entre otras formas.


http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_no_gubernamental







1.- Describirán las principales violaciones de derechos humanos a la que son sometidas distintas poblaciones en México y el Mundo.





La protección y defensa de los derechos humanos en México fue elevada a rango constitucional el 28 de enero de 1992, con la publicación del Decreto que adicionó el apartado B al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.




Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.



los derechos humanos son:








2.- Después de que sepan cómo se lucha para que se respeten los derechos humanos, tendrán que identificar algunas de las muchas Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) que hay en México.





Seleccionarán una organización no gubernamental para reconocer:


Cruz Roja Mexicana


1.- ¿Cuáles son sus objetivos más importantes que poseen, cómo establecen sus sistemas de información o comunicación con otras organizaciones y autoridades?


Misión

Ofrecer atención eficiente a la población en casos de emergencia y en situaciones de desastre, e impulsar acciones tendientes a incrementar la capacidad de las personas y las comunidades a través de la acción voluntaria.



2-¿Cómo realizan sus campañas de información para orientar a determinados sectores y qué vínculos se dan con jueces, abogados, gobiernos, policía, etc.?



Comunicación

OBJETIVO:
Elaborar estrategias de difusión y comunicación que permitan dar a conocer a la opinión pública las labores que realiza la institución a través de los medios de comunicación.
OBJETIVOS PARTICULARES:
  • Diseñar proyectos de comunicación interna que permita fortalecer la relación laboral entre los trabajadores
  • Proyectar la buena imagen de la institución a nivel nacional e internacional
  • Vigilar el correcto uso del emblema y en general la imagen de la institución hacia la sociedad.
  • Difundir a través de los medios de comunicación la misión, doctrina y valores de la institución.
PLAN DE ACCIÓN:
Difundir las actividades del presidente, vicepresidentes, consejeros nacionales y coordinadores nacionales de las diversas actividades que por su importancia sean de interés de los representantes de los medios de comunicación.
 Manejo de Medios y Monitoreo:
  • Convocar a conferencias de prensa o emitir comunicados para informar de asuntos de interés propio de la institución.
  • Gestionar entrevistas en televisión, radio y medios impresos para hablar de las labores de la institución.
  • Atender las solicitudes de entrevista de los representantes de los medios de comunicación para abordar temas relacionadas con Cruz Roja Mexicana.
  • Comportamiento y situación de crisis

3.- ¿Cómo establecen sus formas de comunicación entre otras ONGs y con la Organización de las Naciones Unidas que puede difundir sus problemas?



1. Monitoreo
Elaborar la síntesis informativa de medios impresos y electrónicos que contenga información de la institución o relacionada con temas de interés para Cruz Roja Mexicana como es el ámbito de la salud, de protección civil, de emergencias o de desastres.
2. Comunicación Institucional
  • Revista institucional
  • Galería fotográfica Interna
  • Portal Web Institucional
3. Relaciones Públicas
  • Lanzamiento de campañas
  • Logística en eventos institucionales
  • Propuesta de campañas interinstitucionales
4. Imagen e Identidad.
  • Observaciones sobe el correcto uso de la imagen institucional
  • Elaboración de diseño de materiales y publicaciones.



4.- De la ONG seleccionada, conocerán su toma de decisiones e influencias más notables como organismo que se nutre de diversas fuentes de la información y denuncias sobre ejecuciones arbitrarias e ilegales.


La Coordinación Administrativa de Cruz Roja Mexicana integra funciones relacionadas a la administración de los recursos humanos; los servicios administrativos a través de las áreas de Bancos e Ingresos, Seguros y Fianzas; brinda el soporte técnico de informática; realiza la adquisición recursos de materiales y equipos; proporciona los servicios de intendencia, mantenimiento, vigilancia y transporte.
La importancia de la Coordinación Administrativa en Cruz Roja Mexicana yace en proporcionar apoyos a las otras Áreas, en cuanto a los recursos humanos y técnicos que éstas requieran, así como administrar en forma eficaz y eficiente los recursos financieros y materiales que se integran a la Institución de acuerdo a los objetivos, programas y funciones de las Áreas. 


5.- Sintetizarán la llamada “Declaración de Defensores de Derechos Humanos” que ha permitido la formación, afiliación y participación de ONGs en defensa de los derechos humanos.



 principios fundamentales

El Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, al que ha dado nacimiento la preocupación de prestar auxilio, sin discriminación, a todos los heridos en los campos de batalla, se esfuerza, bajo su aspecto internacional y nacional, en prevenir y aliviar el sufrimiento de los hombres en todas las circunstancias. Tiende a proteger la vida y la salud, así como a hacer respetar a la persona humana. Favorece la comprensión mutua, la amistad, la cooperación y una paz duradera entre todos los pueblos.
Imparcialidad.No hace ninguna distinción de nacionalidad, raza, religión, condición social ni credo político. Se dedica únicamente a socorrer a los individuos en proporción con los sufrimientos, remediando sus necesidades y dando prioridad a las más urgentes.
Neutralidad.Con el fin de conservar la confianza de todos, el Movimiento se abstiene de tomar parte en las hostilidades y, en todo tiempo, en las controversias de orden político, racial, religioso o ideológico.
Independencia.El Movimiento es independiente. Auxiliares de los poderes públicos en sus actividades humanitarias y sometidas a las leyes que rigen los países respectivos, las Sociedades Nacionales deben, sin embargo, conservar una autonomía que les permita actuar siempre de acuerdo con los principios del Movimiento.
Voluntariado.Es un Movimiento de socorro voluntario y de carácter desinteresado.
Unidad.En cada país sólo puede existir una sociedad de La Cruz Roja o de La Media Luna Roja. Debe ser accesible a todos y extender su acción humanitaria a la totalidad del territorio.
Universalidad.
El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en cuyo seno todas las sociedades tienen los mismos derechos y el deber de ayudarse mutuamente, es universal.


6.- Describirán ¿cómo se debe elaborar una denuncia pública de la violación de los derechos humanos? ¿Cómo se comunican con otras ONGs internacionales y organizaciones intergubernamentales? ¿Y cómo recurren de manera eficaz a entablar acciones jurídicas contra quienes violan derechos humanos?


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, perteneciente al Estado mexicano. Su principal objetivo es la protección de los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Para cumplir con este objetivo, la CNDH tiene, entre otras, las siguientes atribuciones:
  • Recibir quejas sobre presuntas violaciones a los derechos humanos, y
  • Conocer e investigar presuntas violaciones a los derechos humanos.


    La CNDH es competente para tramitar una queja en los siguientes casos:
    • Cuando las autoridades administrativas de carácter federal, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, cometan actos u omisiones que violen los derechos humanos.
    • Cuando una persona cometa un ilícito con la tolerancia o anuencia de algún servidor público o autoridad federal, o cuando estos últimos se nieguen, sin fundamento, a ejercer las atribuciones que legalmente les correspondan en relación con dichos ilícitos; particularmente tratándose de conductas que afecten la integridad física de las personas.
    • Cuando se presenten inconformidades por las omisiones o por la inactividad en que incurran las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, así como por la insuficiencia en el cumplimiento de sus recomendaciones, por parte de las autoridades locales.


      La CNDH no podrá conocer los asuntos relativos a:
      • Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales; ya que las instancias competentes para conocer de éstos asuntos son el Instituto y el Tribunal Electoral.
      • Resoluciones, laudos o sentencias emitidas por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo.
      • Conflictos de carácter laboral, aún cuando el empleador sea una dependencia federal; ya que existen órganos especializados para conocer de estos asuntos, como son las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
      • Consultas formuladas por autoridades, particulares y otras entidades, sobre la interpretación de las disposiciones constitucionales y legales, ya que esta facultad es exclusiva del Poder Legislativo.
      • Conflictos entre particulares, ya que la competencia de la CNDH, únicamente le permite conocer de actos y omisiones atribuibles a autoridades o servidores públicos federales.
      • Violaciones a los derechos humanos en materia agraria, ya que son competencia de la Procuraduría Agraria.
      • Asuntos de naturaleza ecológica, los cuales debe conocer la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
      • Violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades o servidores públicos de las entidades federativas o de los municipios.




        Para que la CNDH pueda tramitar una queja, ésta deberá:
        • Ser presentada por escrito en las instalaciones de la CNDH, o enviarse por correo o por fax. En casos urgentes, se admitirán las quejas no escritas que se formulen por otro medio de comunicación como el teléfono; en este caso, únicamente se deberán mencionar los datos mínimos de identificación. Cuando se trate de menores de edad o de personas que no puedan escribir, pueden presentar su queja oralmente.
        • Dirigirse a la CNDH o a su Presidente, Doctor Raúl Plascencia Villanueva y solicitar expresamente la intervención de este Organismo Nacional.
        • Estar firmada o presentar la huella digital del interesado; la CNDH no admite comunicaciones anónimas. Por ello, si en un primer momento, el quejoso no se identifica o firma su escrito de queja, deberá ratificarlo dentro de los tres días siguientes a su presentación.
        • Contener los datos mínimos de identificación, como son: nombre, apellidos, domicilio y, de ser posible, un número telefónico en el que se pueda localizar a la persona a la cual le han sido o le están violando sus derechos fundamentales o, en su caso, se deberán proporcionar los datos de la persona que presenta la queja.
        • Contar con una narración de los hechos que se consideran violatorios a los derechos humanos, estableciendo el nombre de la autoridad presuntamente responsable.
        • Entregarse, de ser posible, acompañada de todos los documentos con que la persona cuente para comprobar la violación a los derechos humanos.
        Es importante mencionar, que todos los servicios que la CNDH proporciona son gratuitos; para solicitarlos no es necesaria la ayuda de un abogado, ya que este Organismo Nacional cuenta con el personal capacitado para auxiliar, orientar y asesorar jurídicamente a quien lo requiera.










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